cabecera_actividades
Tenemos 4 invitados conectado(s)
Fundación BOBATH Principal Consejos para una donación responsable y útil
 CONSEJOS PARA UNA DONACION RESPONSABLE Y UTIL
  1. Queremos recibir tu colaboración y para ello te pedimos que, si no tienes suficiente información sobre nuestras actividades y nuestra manera de proceder, te pongas en contacto con nosotros y te informaremos a que dedicamos cada euro que recibimos y comprobarás que la totalidad de dicho importe llega a los más desfavorecidos.
  2. No olvides que tienes la posibilidad de deducirte un porcentaje de la donación en tu declaración de impuestos.
  3. Todos los datos personales que nos facilites son tratados conforme a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
  4. Todas las actividades que realizamos necesitan de un trabajo a medio y largo plazo para lograr soluciones. Si colaboras regularmente contribuirás a asegurar la independencia y la continuidad de nuestra labor.

 


 

DEDUCCIONES IRPF, IS Y IRNR

irpfDe cada donación que nos realices, puedes deducirte un porcentaje en el IRPF (Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas).

Para ello, a la finalización del ejercicio o, cuando tu lo desees, te enviaremos un certificado con todos los datos nuestros y el importe de la donación.

Al estar sujeta Fundación BOBATH a la ley 49/2002, la deducción es:

  • El 25% del importe de la donación en la cuota íntegra con un límite del 10% de la base liquidable.

También, debes tener en cuenta si la comunidad autónoma en la que resides está sujeta a un régimen foral particular o si ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG. Además, si la actividad con la que has colaborado ha sido clasificada como actividad prioritaria de mecenazgo por la ley 49/2002 dará lugar a un mayor porcentaje de deducción.

Los contribuyentes por el IS (Impuesto sobre Sociedades) tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 35 por 100 de la base de la deducción.

Los contribuyentes del IRNR (Impuesto sobre la Renta de los no Residentes) tienen derecho a practicar una deducción por las donaciones efectuadas a favor de entidades beneficiarias del mecenazgo, de la siguiente manera:

1. Los que operen sin establecimiento permanente en territorio español, el 25 por 100 de la base de la deducción.

2. Los que operen con establecimiento permanente en territorio español, podrán aplicar la deducción prevista en el caso de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.

Nº Visitas: 1544